Derecho a la imagen y redes sociales

El punto de partida, la base jurídica de la cuestión, es el triple derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen. Además, la Ley debe limitar el uso de la informática precisamente para garantizar estos derechos contenidos en la Constitución Española (art. 18) y protegidos por algunas normas, como las Leyes Orgánicas que protegen el derecho al honor (LO 1/82) y los datos de carácter personal (LOPD), y como otras, entre las que nos interesa destacar el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica (ENS). Para los profanos, cuando un derecho aparece en ese apartado de la Constitución y además goza de la protección de sendas Leyes Orgánicas (además de muchas otras normas) es que es muy importante. Pero dicho derecho es objeto de vulneración constante, más exactamente, de “autovulneración”…

Anoche había en la red más fotos de mesas de Nochebuena en la red, familia incluida, de las que a pesar de cierta intuición que me rondaba pude llegar a preconcebir. Y eso que solo tengo controlado twitter, que es donde tengo cuenta, si bien me consta no obstante que facebook es mucho peor. Pues bien: cuidado. Cuidado con esto, porque ya no solo nos conformamos con exhibir, inconsciente pero voluntariamente, nuestra intimidad. También exponemos la de nuestra abuela. Creo que me explico.

No es ni la primera ni la segunda vez que hablo del tema. Véase, por ejemplo, “Redes sociales y libertad de expresión”, “Cuidadín con lo que se escribe, “Internet te puede desacreditar” , y “Responsabilidad de los sitios web por contenidos de terceros”, artículos a los que me remito.

Volviendo brevemente al Derecho, cabe señalar que existe un viejo y manido debate jurídico que se refiere a los conflictos entre derechos (¿cuál se impone?). El ejemplo clásico es el aparente choque natural entre la libertad de expresión y los citados derechos al honor y a la intimidad (ver el art. 20.4 de la Constitución). Está claro que se debe estudiar cada caso en concreto para calibrar el ejercicio de cada uno de estos derechos fundamentales. Esta vieja controversia es muy actual, y es que la libertad de expresión a través de la red en general y de las redes sociales en particular vuelve a chocar, una vez más, con los mencionados derechos. Como ya indicamos, “Sin duda los medios de comunicación electrónicos se someten a las mismas normas y límites que los audiovisuales y escritos, estando sus responsables perfectamente identificados o, cuanto menos, identificables. Pero, ¿y las webs?, ¿y los blogs?, ¿y las redes sociales? Todos ellos tienen infinidad de potenciales autores (en especial las redes), los cuales muchas veces son inidentificables (firma «anómino» o un pseudónimo).

En estos casos, ante la imposibilidad de regulación nos decantamos por la autorregulación, empezando por las normas de participación de las webs (marca.com o el blog de espublico deberían endurecerlas) y terminando por la propia censura colectiva de los coautores y usuarios, si bien esto último muchas veces a los «trolls» no les fustiga lo más mínimo. Al contrario, pues son anónimos y buscan notoriedad (tremenda paradoja). Pero fomentar por la red la anorexia o la violencia es, seguramente, ilegal, y seguro, inmoral… Así que todo el mundo debería ser responsable de lo que escribe, al igual que lo es de lo que hace y de lo que dice… Es evidente que la sociotecnología va por delante del Derecho, pero al menos que no vaya demasiado por delante. Será un desmadre, o lo que es peor, se cometerán delitos por causa directa o indirecta de los contenidos inadecuados… Y luego diremos que no pasa nada, porque hay libertad de expresión” (de “Redes sociales y libertad de expresión”).

En todo caso podemos protegernos de la citada vulneración. Para empezar deberíamos atajar de raíz la ut supra llamada “autovulneración”. Y esto pasa por el control de nuestra imagen socialnet. La idea de fondo es que no nos condicione en el futuro lo publicado descontroladamente en el pasado (¿qué necesidad había de publicar la foto de la cena de anoche?), sino todo lo contrario, que nos beneficie una buena gestión o autogestión de la imagen que ofrecemos ante el mundo. Y es que, por exagerado que parezca, tenemos millones de potenciales observadores. A la gente le suele interesar lo que hace la “gente importante” (concepto un tanto complejo de precisar, como compleja es la sociedad), pero en un momento dado cualquiera de nosotros puede ser un trending topic.

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Con la multiplicación de los dispositivos móviles estamos aún más controlados

Por otra parte es cierto que existe un derecho a la imagen, que en su versión 2.0 estamos tratando de explicar, pero no solo es “en positivo”, sino también “en negativo”, más relacionado con el derecho a la intimidad. La plasmación práctica de esta otra cara de la moneda es un verdadero “derecho a ser olvidado” en Internet, idea que ya desarrollamos en este artículo, en el cual ofrecíamos datos inapelables: “El 74 por ciento de los europeos consideran que revelar información personal forma parte de la vida moderna (…) Tres de cada cuatro ciudadanos europeos opinan que deberían poder borrar la información y datos personales que almacenen los sitios web sobre ellos”.

Hablando de redes concretas, me manifiesto a favor del uso razonable de twitter (patéticos los “ligones de la red”), esencialmente en contra de facebook (muestra impunemente millones de atentados contra la intimidad), muy a favor de los blogs, y por supuesto completamente a favor de linkedin, red que puede ayudar muy mucho a la hora de encontrar trabajo o posibilidades de negocio. Como publicamos hace muy poco (véase el documento que aparece como ANEXO), “el 34% de los españoles ha encontrado trabajo gracias a las redes sociales. El Social Media se ha constituido como un efectivo canal de comunicación, que amplifica la repercusión del mensaje. Se trata de un medio utilizado también por los empleadores. Una encuesta realizada el pasado año por Reppler a 300 profesionales mostró que el 91% de las empresas recurre a las redes sociales en busca de potenciales candidatos. Un dato corroborado por Jobvite, cuya encuesta indica que 7 de cada 10 empresas en EE.UU. encuentran trabajadores gracias a las redes sociales”.

Pero esta transparencia también tiene un lado opuesto. El hecho de publicar nuestro lado más íntimo y personal permite a las empresas obtener información sobre nosotros que en otras circunstancias no revelaríamos. De un lado, hay que tener mucho cuidado con lo que se muestra sobre nosotros en las redes sociales, y de otro, debemos vigilar con especial atención nuestra reputación online, así como trabajar para mejorarla. El trabajo de Reppler refleja asimismo que aproximadamente el 70% de las empresas había descartado a un candidato debido a algo que había encontrado en sus perfiles sociales. Ya saben, algo así como “jajajajaja, vengo borracho a las 6 de la mañana, que risaaaaaa” publicado en twitter, o como “llegan vacaciones, bieeeen, trabajar es un ascooo”, o cualquier otra gracia (o no gracia) pública que puede salir cara. Piénselo dos y tres veces antes de hacerse el gracioso en la red. Nos lee más gente de la que pensamos. Y es curioso: normalmente la gente que tiene incontinencia verbal también la tiene digital (nunca mejor dicho, porque se escribe con los dedos, del latín digitum). Cuidadín. También el estudio realizado por la agencia de RR.PP. Eurocom WorldWide indicó que 1 de cada 5 empresas de tecnología rechazó contratar a un posible trabajador porque no le gustaba algún dato que mostraban sus redes sociales. 

«Otra práctica muy extendida es la de preguntar directamente a Google, quien ofrece todos los resultados relacionados con el nombre de esa persona. Nada ni nadie se escapa a los ojos de este gran buscador. Definitivamente, las redes sociales reflejan el lado más íntimo de los candidatos, sacan a relucir aspectos de su vida personal que no se mostrarían en una entrevista de trabajo. El tipo de contenido peor considerado por las empresas es el que tienen que ver con las drogas, elevado componente sexual y acciones políticamente incorrectas o de mala educación, así como fotos que muestren actitudes impropias, como por ejemplo las relacionadas con la bebida». Por esta razón, dijimos, «es imprescindible cuidar nuestra presencia online y hacer que ésta transmita nuestra mejor imagen. Y es que la mujer del César no solo debe ser honrada, sino parecerlo«.

En definitiva, luchemos contra los ataques de otros a nuestro derecho al honor/imagen/intimidad, pero también contra la inconsciencia y la ignorancia en el uso de las redes sociales. En consecuencia sea cauteloso y, de paso, mejore su cultura en TIC a fin de evitar imprudencias. Me permito ayudar aportando un documento indispensable para mejorar su conocimiento de Internet .

ANEXO: Encuentre trabajo en 2013: crear una PYME y otros consejos

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